La Dirección General de Impuestos Internos (DGII) otorgó una prórroga administrativa excepcional para la implementación de la Facturación Electrónica dirigida a contribuyentes Micro, Pequeños, No Clasificados y otros contribuyentes cuya fecha límite vencía el 15 de mayo de 2026. El nuevo plazo otorgado de seis (6) meses adicionales aplicado automáticamente, sin necesidad de haber realizado solicitud ante la DGII, vence el 15 de noviembre de 2026.
Es importante recordar que, independientemente del tamaño del negocio o del volumen de facturación, los contribuyentes deberán estar habilitados para cumplir con esta obligación establecida en la Ley 32-23. Muchos negocios actualmente no emiten facturas de manera recurrente o no cuentan con una contabilidad completamente estructurada; sin embargo, esto no les excluye del cumplimiento de la normativa.
La DGII dispone de un facturador electrónico gratuito;
No es obligatorio contratar un proveedor privado;
Solo se requiere contar con Certificado Digital y mantener las obligaciones fiscales al día. Una vez vencido el plazo prorrogado, los contribuyentes que no hayan implementado la facturación electrónica podrán ser objeto de las sanciones previstas en la Ley 32-23.














